Nueva Ley Migratoria en Perú
Christian Wiener Fresco
Finalmente fue promulgada la nueva Ley de Migraciones. El Poder Ejecutivo, valiéndose de las facultades para legislar en materia de seguridad y economía que le otorgó el Congreso, ha incluido en su paquete de normas publicadas en El Peruano el Decreto Legislativo N° 1236, denominado Decreto Legislativo de Migraciones, que reemplaza al Decreto Legislativo N° 703, o Ley de Extranjería, promulgada en noviembre de 1991 por el gobierno de Alberto Fujimori.
Es más que significativo que las dos últimas legislaciones sobre un tema tan importante como el migratorio no provenga del Parlamento nacional, cuyos representantes prefirieron delegárselo al gobierno, seguramente por estar abocados sus integrantes a asuntos de mayor urgencia mediática que para los que fueron elegidos. Se perdió así nuevamente la oportunidad de debatir públicamente esta compleja problemática, así como las acciones últimas de los funcionarios de migraciones que le costaron una fuerte llamada de atención al país por parte de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familiares de la ONU. También de recoger las opiniones y propuestas de instituciones como la Defensoría del Pueblo, y de organizaciones y personas afectadas y conocedoras de la situación de los inmigrantes en el país. Es cierto que todavía los congresistas tienen la oportunidad de revisar lo sancionado, pero parece poco probable que lo aborden dado que estamos en vísperas de elecciones, y no es un asunto que reditué mucho electoralmente.
Con todo, y luego de una primera revisión no exhaustiva del Decreto 1236, hay que mencionar que se trata de un avance con respecto a lo existente, al reconocerse la unidad migratoria familiar, incluyendo a la pareja de hecho, el principio de interés superior del niño y el adolescente, así como la protección de personas extranjeras en situación de vulnerabilidad, entre las que se encuentran las víctimas de violencia familiar y sexual. Nada de esto, que son mínimos derechos humanos y ciudadanos consagrados por las leyes y la propia Constitución estaban contemplados en la legislación anterior, que parecía preocuparse solo de los migrantes en tanto inversionistas y negociantes, y el resto eran vistos casi como indeseables, no importando si tenían familia peruana. Lo paradójico es que esa norma fue promulgada por un hijo de inmigrante japonés, que por su familia debió conocer lo que sufrieron sus antepasados en el país, en especial en los años duros de la segunda guerra mundial, y fue mantenida por Toledo y García, casados ambos con extranjeras; lo que revela que la aplicación de las leyes no son iguales para todos y todas.
Queda pendiente, eso sí, revisar al detalle todos los alcances de lo aprobado, y en especial cuando salga el Reglamento -que esperemos que esta vez si se apruebe-, y que suele ser más restrictivo y arbitrario en sus disposiciones que la ley (ya sabemos que el diablo esta en los detalles). Y por supuesto, estar atento al accionar de los funcionarios de la Superintendencia Nacional de Migraciones, porque en el Perú muchas veces las leyes pueden ser muy buenas y bien intencionadas, pero lo importante es su aplicación y la idoneidad de los encargados de hacerla.
Valga de todas maneras el reconocimiento por lo logrado hasta ahora, y que se haya avanzado en la legislación sobre el tema gracias a la acción decisiva de la Defensoría del Pueblo, a los parlamentarios de diferentes bancadas, incluido del parlamento andino, que decidieron solidarizarse con los extranjeros y extranjeras con familia peruana, a los abogados que tesoneramente llevaron adelante esos casos, a los medios y periodistas que apoyaron con sus informaciones y reportajes para el conocimiento de la opinión pública sobre esta situación, y en especial a las mujeres y hombres extranjeros residentes y sus familias que tuvieron el coraje de salir al frente y denunciar los atropellos de una legislación absurda y funcionarios obtusos y abusivos, no obstante las amenazas de las autoridades migratoria, y el silencio durante mucho tiempo en otras instancias del Estado. Una lección que los derechos no son un favor, sino como su mismo nombre lo indica, una conquista y una garantía que debe ser respetada para todos, sin miramientos ni discriminaciones.
Links referenciales:
https://elchw.lamula.pe/2015/05/03/cambios-en-migraciones/elchw/
http://revistaideele.com/ideele/content/ser-extranjera-en-el-per%C3%BA
http://www.oimperu.org/sitehome/sites/default/files/Documentos/TratamientoDP2015.pdf
Escrito por
Comunicador Social, catedrático, renegón de la política y convencido de la necesidad de cambios, empezando por uno mismo