Si ves un extranjero, denúncialo
Christian Wiener Fresco
Si algunos pensaba que hablar de xenofobia al referirse a la política del actual gobierno con los extranjeros era un exceso, o que se viene promoviendo un estado policiaco y fascistoide resultaba casi un arranque de paranoia injustificado, pues los invitamos a revisar el Decreto Supremo N° 001-2015-IN, que lleva por título “Establecen medidas destinadas al fortalecimiento del control migratorio”, y que fue publicado en las Normas Legales de El Peruano del sábado 10 de enero del 2015.
Suscrito por el presidente Ollanta Humala y los ministros del interior y relaciones exteriores, Daniel Urresti y Gonzalo Gutiérrez; se manifiesta como supuesta justificación de la medida, en uno de sus considerandos, que esta se realiza “ante el incremento de actividades relacionadas con la minería ilegal, lavado de activos, extorsión con empleo de sicarios, tráfico ilícito de migrantes, contrabando y comercialización ilícita de bienes del patrimonio cultural de la Nación, trata de personas y, en general, el crimen organizado dentro del territorio nacional, lo cual amerita incrementar la capacidad operativa de las autoridades migratorias y reforzar el marco legal relacionado con la seguridad nacional y el orden interno.” Y a renglón seguido, establece que “resulta necesario disponer medidas destinadas al fortalecimiento del control migratorio, la aplicación de sanciones a extranjeros que se encuentran dentro del territorio nacional y verificar el cumplimiento de la normatividad que regula los supuestos de infracción a la Ley de Extranjería, con la finalidad de hacer más eficaz y oportuna la acción del Estado en materia sancionadora en el ámbito de competencia de MIGRACIONES”.
Para este fin, el decreto dispone medidas para aumentar la presencia policial en el ámbito migratorio, así como los procedimientos para proceder a la expulsión de extranjeros, en aplicación de la Ley de Extranjería. Al respecto resulta curioso que se señale que “en caso varios extranjeros sean detectados o intervenidos al mismo tiempo, sus casos serán analizados de manera aislada con las circunstancias y antecedentes propios y personales”. Lo que pareciera una rectificación frente a la expulsión indiscriminada de cerca de un centenar de artesanos y artistas de la calle de Lima y Cusco en septiembre pasado, lo que está prohibido por las Convenciones Internacionales sobre la materia.
La pepa de la norma viene en los artículos 3, 4 y 5. El primero dispone que la Superintendencia Nacional de Migraciones acceda e intercambie información con todas las entidades públicas sobre la situación de los extranjeros en el país, se entiende principalmente residentes, porque los turistas no pueden acceder al trabajo u otra formalidad legal. El artículo 4 dispone a su vez que “en todos los lugares donde se encuentren los puestos de control migratorio a cargo de MIGRACIONES, la Policía Nacional del Perú deberá implementar unidades policiales para coadyuvar a la labor del control migratorio.” Supongo que con ello se tratará de reforzar la actuación del personal migratorio en los controles de frontera, que recientemente permitieron la salida del país de muchos famosos requisitoriados. Peruanos, para más señas, y no extranjeros.
Sin embargo, lo que es más preocupante es lo señalado en el artículo 5: “Migraciones en coordinación con la Policía Nacional del Perú habilitará mecanismos de alerta ciudadana para recibir información sobre los ciudadanos extranjeros que se encuentren infringiendo la Ley de Extranjería.” Aquello de “mecanismos de alerta ciudadana” suena bien Gestapo, y parece alentar un clima de sospecha y persecución de la ciudadanía contra los extranjeros, solo por el hecho de ser tales. ¿Llegará el momento en que los extranjeros deban caminar con un triángulo identificatorio en la solapa como sucedía en el régimen nazi? Y en el segundo acápite del artículo se menciona que “La difusión de tales mecanismos formará parte de las campañas de sensibilización y creación de conciencia pública, dirigidas a prevenir y educar respecto al cumplimiento de las normas en materia migratoria.” ¿El bombardeo de información calumniosa y tendenciosa de algunos medios en contra de algunas comunidades de extranjeros como los colombianos, chinos o cubanos, serán parte de las “campañas de sensibilización” a que alude este dispositivo? ¿No debiera prevenirse y educar más bien a la población para la integración y el respeto a la diversidad antes que contra los extranjeros solo por ser tales?
Nadie duda que todo Estado deba establecer medidas para cautelar y protegerse de extranjeros que cometan delitos y atenten contra el país. Pero al delincuente, sea nacional o extranjero, tiene que ser procesado y castigado conforme a la ley, ni más, ni menos. El problema de fondo es que, como se ha visto en los últimos tiempos, la Superintendencia Nacional de Migraciones y el Ministerio del Interior, tienden sistemáticamente a comparar e igualar el delito con las posibles faltas e incumplimientos administrativos de los extranjeros residentes en situación irregular, persiguiendo y castigando a estos últimos con penas exageradas, como la expulsión de por vida del país (a pesar que muchos tienen familia peruana), además de mil y un arbitrariedades y abusos en sus procesos que han sido denunciados en los últimos meses en diferentes medios, en especial con madres y padres de peruanos que carecen de todo derecho en nuestra normativa de extranjería. Que en este panorama, y con los mismos y cuestionados funcionarios al frente de la institución encargada de aplicarla, se promulgue este decreto, solo parece una consagración de la xenofobia a nivel oficial, lo que tal vez nos ubique por fin como país del primer mundo, lástima que por su aspecto más denigrante y vergonzoso.
Escrito por
Comunicador Social, catedrático, renegón de la política y convencido de la necesidad de cambios, empezando por uno mismo